Fecha de Publicación: 31/10/2006
Página: 181-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 72

 Créase en el Inciso 07 "Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca",
unidad ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría", al amparo de lo
dispuesto por el artículo 21 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996,
un cargo del escalafón C Administrativo, grado 06, Administrativo III,
Serie Administrativo.
Suprímese en la misma unidad ejecutora, una función contratada en el
escalafón C Administrativo, grado 06, Administrativo III, Serie
Administrativo.
Créase en el programa 001 "Administración Superior", unidad ejecutora 001
"Dirección General de Secretaría", una función de "Director del Sistema
de Identificación y Registro Animal" (SIRA), la que será provista por el
régimen de Alta Especialización de acuerdo a lo dispuesto por el artículo
714 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996 y normas concordantes.
Los créditos existentes para financiar esta erogación provienen de las
economías generadas de acuerdo al artículo 726 de la Ley Nº 16.736, de 5
de enero de 1996.
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