Fecha de Publicación: 23/12/2005
Página: 668-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 55

 Las unidades ejecutoras 003 "Casa Militar", 004 "Oficina de Planeamiento
y Presupuesto" y 008 "Oficina Nacional del Servicio Civil", sin perjuicio
de su dependencia directa de la Presidencia de la República, se
vincularán administrativamente con ésta a través de la Secretaría de la
Presidencia.
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