Las partidas para sueldos y gastos de funcionamiento del Inciso 27
"Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay" (INAU), asignadas en forma
global, serán distribuidas por el organismo entre los diversos programas
y objetos de gasto que componen su presupuesto, lo que será comunicado a
la Contaduría General de la Nación y al Tribunal de Cuentas, en un plazo
no mayor a los noventa días de iniciado cada Ejercicio anual. Dentro del
mismo plazo el Instituto dará conocimiento a la Asamblea General.
En oportunidad de realizar las distribuciones de la partida autorizada en
el Grupo 0 "Servicios Personales", el Instituto del Niño y Adolescente
del Uruguay comunicará la estructura de cargos y funciones aprobada por
el mismo dando cumplimiento a las comunicaciones previstas en el inciso
anterior.