Fecha de Publicación: 23/12/2005
Página: 668-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 422

 Establécese una partida anual de $ 200.000  (pesos uruguayos doscientos
mil)  para el Ejercicio 2006 y siguientes, para cubrir los gastos que
demanda la participación en eventos internacionales relativos a la
materia administrativa.
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