CONSEJO DE MINISTROS
A partir del año 2006, el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente informará anualmente a la Asamblea General los avances logrados a efectos del cumplimiento de lo establecido en el artículo 327 de la presente ley. Esta disposición regirá hasta la aprobación del marco normativo correspondiente.Ayuda