Fecha de Publicación: 23/12/2005
Página: 668-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 307

 La Comisión Honoraria del Fondo Nacional de Recursos
propondrá al Ministerio de Salud Pública las medidas disciplinarias
respecto de los incumplimientos en que incurrieran frente al mismo, los
institutos de medicina altamente especializada que se encuentren
integrados al Sistema Nacional Integrado de Salud.
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