Fecha de Publicación: 23/12/2005
Página: 668-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 300

 Créanse a efectos del funcionamiento del Centro de Información y
Referencia Nacional de la Red Drogas cuarenta y seis cargos:
                catorce cargos    escalafón A Profesional         grado 08
                trece cargos      escalafón A Profesional         grado 07
                diez cargos       escalafón D Especialista        grado 03
                dos cargos        escalafón B Técnico             grado 07
                un cargo          escalafón B Técnico             grado 06
                cinco cargos      escalafón E Oficios             grado 04
                un cargo          escalafón E Oficios             grado 02
El personal profesional, técnico y especializado se seleccionará por
concurso de oposición y méritos, de acuerdo a la reglamentación que se
dicte a tal efecto.
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