Fecha de Publicación: 23/12/2005
Página: 668-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 292

 Créanse en el Inciso 12 "Ministerio de Salud Pública" treinta y seis
cargos escalafón B, grado 06 Técnico, que se distribuirán de la siguiente
forma: dieciséis cargos en el programa 006 "Administración de la Red de
Establecimientos de Agudos", unidad ejecutora 068 "Administración de los
Servicios de Salud del Estado" y veinte cargos en el programa 007
"Administración de la Red de Establecimientos de Agudos del Interior" de
la unidad ejecutora 068 "Administración de los Servicios de Salud del
Estado".
Los mismos serán asignados a la aplicación del Sub Componente 1.4 de
prevención del embarazo precoz del Programa de Infancia, Adolescencia y
Familia en Riesgo Social (INFAMILIA).
Su régimen horario y compensación, así como la distribución geográfica en
todo el país, se regirá de acuerdo a la reglamentación que se dicte al
respecto.
Asígnase a tales efectos una partida anual de $ 2.401.550 (dos millones
cuatrocientos un mil quinientos cincuenta pesos uruguayos).
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