CONSEJO DE MINISTROS
Modifícase el último inciso del artículo 272 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, el que quedará redactado de la siguiente manera: "El Director General de la Administración de los Servicios de Salud del Estado revestirá el carácter de ordenador secundario de gastos en las condiciones previstas legalmente".Ayuda