CONSEJO DE MINISTROS
Declárase que la disposición contenida en el artículo 43 del denominado Decreto-Ley Especial Nº 7, de 23 de diciembre de 1983, prevista para los funcionarios del Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos, es aplicable a los funcionarios de la unidad ejecutora 024 "Canal 5 Sistema de Televisión Nacional".Ayuda