Fecha de Publicación: 23/12/2005
Página: 668-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 260

 Declárase que la disposición contenida en el artículo 43 del denominado
Decreto-Ley Especial Nº 7, de 23 de diciembre de 1983, prevista para los
funcionarios del Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y
Espectáculos, es aplicable a los funcionarios de la unidad ejecutora 024
"Canal 5 Sistema de Televisión Nacional".
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