Fecha de Publicación: 23/12/2005
Página: 668-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 249

 El Consejo Nacional de Evaluación y Fomento de Proyectos Artístico
Culturales deberá disponer:
A)     La publicación completa de los estados contables auditados del
       Fideicomiso de Inversión Cultural en el Diario Oficial.
B)     El acceso a dichos estados contables a través de medios
       informáticos por parte de cualquier persona.
C)     Dar cuenta a la Asamblea General.
El Tribunal de Cuentas, dentro de sus competencias, realizará los
controles que correspondan.
Ayuda