Fecha de Publicación: 23/12/2005
Página: 668-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 219

 Autorízase por razones fundadas a dejar sin efecto las sanciones
asociadas a las boletas de contravención extendidas hasta la entrada en
vigencia de la presente ley, con motivo de infracciones por exceso de
peso, comprobadas mediante los instrumentos de pesaje con los que opera
el Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
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