Fecha de Publicación: 23/12/2005
Página: 668-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 168

 Cométese a la unidad ejecutora 008 "Dirección Nacional de Energía y
Tecnología Nuclear" la determinación de los requisitos técnicos de
funcionamiento y de seguridad que deberán cumplir los recipientes a
presión instalados, sin perjuicio de las competencias concurrentes de
otros órganos y organismos públicos y los que se instalen en todo el
territorio nacional, así como la elaboración del marco normativo que
corresponda.
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