Fecha de Publicación: 14/09/2004
Página: 556-A
Carilla: 20

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 112

 (Notificación ficta).- Si la notificación se retardare tres días hábiles 
por falta de comparecencia del interesado, se tendrá por efectuada, sin 
necesidad de constancia alguna en los autos.
Si el día que concurriere el interesado, la actuación no se hallare 
disponible, la Oficina Actuaria expedirá constancia en formulario al 
efecto, si aquél lo solicitare (artículo 86 del Código General del 
Proceso).
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