Fecha de Publicación: 19/08/2004
Página: 351-A
Carilla: 11

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Ley 17.796

Díctanse normas tendientes a la promoción integral de los adultos 
mayores.
(1.558*R)

                            PODER LEGISLATIVO                             
                                                                          
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del 
Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                                 DECRETAN                                 

Artículo 1

 La presente ley tiene como objetivo la promoción integral de los adultos 
mayores, entendiéndose por tales todas las personas que en el momento de 
alcanzar la edad de sesenta y cinco años tengan residencia permanente, 
fehacientemente demostrable, en el país, independientemente de su 
nacionalidad o ciudadanía.

BATLLE, CONRADO BONILLA, LEONARDO GUZMAN, SANTIAGO PEREZ DEL CASTILLO.


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