Fecha de Publicación: 19/09/2002
Página: 756-A
Carilla: 10

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 31

 (Provisión de los contratos).- Las contrataciones previstas en el 
artículo 30 se realizarán mediante llamado público abierto y la selección 
se efectuará a través de concurso de méritos y antecedentes y serán 
publicadas en medios electrónicos adecuados.
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