Fecha de Publicación: 19/09/2002
Página: 750-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 58

 (Comisión de Aplicación).- Cométese a la Comisión de Aplicación creada 
por la Ley Nº 16.906, de 7 de enero de 1998, a realizar un análisis de 
precalificación o elegibilidad de los proyectos que se sometan a su 
consideración, de acuerdo a las pautas que determine el Poder Ejecutivo. 
Esta instancia será previa al proceso de evaluación de factibilidad del 
proyecto.

La precalificación o elegibilidad será determinada por consenso entre el 
delegado de la Comisión que actúa en representación del Ministerio al que 
correspondiere el proyecto y el del Ministerio de Economía y Finanzas, en 
un plazo máximo de 10 días.

De no alcanzarse el consenso se entenderá que existe dictamen positivo.
Ayuda