Fecha de Publicación: 19/09/2002
Página: 750-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 18

 (Ventanilla única para trámites de inversores).- Cométese al Poder 
Ejecutivo el establecimiento de mecanismos que simplifiquen la 
tramitación de propuestas de inversión presentadas por el sector privado, 
incluyendo la creación de un único organismo que actúe como coordinador 
de las consultas y de los trámites que se deban cumplir ante cualquier 
oficina del Estado, propiciando la colaboración interinstitucional y la 
abreviación de los plazos y los procedimientos.
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