Fecha de Publicación: 09/07/2002
Página: 101-A
Carilla: 7

MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 14

 En materia probatoria, serán de aplicación las disposiciones del Código 
General del Proceso, teniendo presente el objetivo y fin de esta ley y 
las disposiciones contenidas en los artículos siguientes.
Ayuda