Fecha de Publicación: 23/02/2001
Página: 914-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 501

 La dotación del cargo de Jefe del Tribunal de lo Contencioso 
Administrativo será del 80% (ochenta por ciento) de la retribución, que 
por todo concepto perciban los Directores de Departamento en régimen de 
dedicación exclusiva.
Los cargos mencionados estarán en régimen de dedicación exclusiva.
La Contaduría General de la Nación habilitará los créditos presupuestales 
correspondientes.
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