Fecha de Publicación: 23/02/2001
Página: 914-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 498

 Créase la División Jurídica del Tribunal de lo Contencioso 
Administrativo compuesta de dos Directores de División Jurídica (abogado 
o escribano) dentro del escalafón A.
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