Fecha de Publicación: 23/02/2001
Página: 914-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 481

 Incorpórase al artículo 552 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 
1987, artículo 94 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración 
Financiera (TOCAF), el siguiente numeral:
"6) Coordinar con la Auditoría Interna de la Nación y con las 
    Unidades de Auditoría Interna de los Organismos comprendidos en los
    artículos 220 y 221 de la Constitución de la República y de los
    Gobiernos Departamentales, la planificación de las auditorías de
    dichos órganos de control".
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