Las solicitudes de reconocimiento oficial y de aprobación de reformas
estatutarias de las asociaciones civiles y fundaciones que tengan por
objeto el fomento o la realización de actividades relacionadas con el
deporte o la juventud, deberán contar con informe del Ministerio de
Deporte y Juventud, el que deberá realizarse en un plazo de 45 días
vencidos los cuales, de no haber pronunciamiento de la Administración, se
considerará afirmativo.