Fecha de Publicación: 23/02/2001
Página: 914-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 382

 Autorízase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, únicamente para 
los ejercicios 2002 y 2003, partidas anuales para financiar inversiones 
en el Area Informática de $ 5:150.000 (pesos uruguayos cinco millones 
ciento cincuenta mil) cada una.
Dichas partidas serán financiadas con cargo a los ingresos de libre 
disponibilidad que superen el tope fijado para los gasos de 
funcionamiento de dicha Secretaría de Estado.
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