Fecha de Publicación: 23/02/2001
Página: 914-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 377

 Asígnase al Inciso 13 "Ministerio de Trabajo y Seguridad Social" una 
partida anual por el término de cuatro años de $ 1:045.800 (pesos 
uruguayos un millón cuarenta y cinco mil ochocientos), destinada al 
fortalecimiento de la Asesoría en Seguridad Social.
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