Fecha de Publicación: 23/02/2001
Página: 914-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 375

 Asígnase al programa 001 " Administración General" del Inciso 13 
"Ministerio de Trabajo y Seguridad Social" , una partida anual de $ 
8:000.000 (pesos uruguayos ocho millones) con destino al pago de una 
compensación mensual por alimentación para quienes presten funciones en 
el inciso.
La asignación será financiada con los recursos establecidos por el 
literal D) del artículo 3º de la Ley Nº 13.453, de 2 de diciembre de 
1965, en la redacción dada por el artículo 413 de la Ley Nº 16.736, de 5 
de enero de 1996.
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