Fecha de Publicación: 23/02/2001
Página: 914-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 372

 La Comisión Nacional Honoraria de Lucha contra la Hidatidosis será 
presidida por el Ministro de Salud Pública o quien éste designe y se 
regirá en su organización y funcionamiento por lo dispuesto en su Ley de 
creación Nº 13.459, de fecha 9 de diciembre de 1965, con las 
modificaciones introducidas por la Ley Nº 16.106, de 24 de enero de 
1990.

                                INCISO 13                                 
                MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL                  
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