Fecha de Publicación: 23/02/2001
Página: 914-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 355

 La facultad de contratación prevista por el artículo 410 de la Ley Nº 
16.170, de 28 de diciembre de 1990, será privativa del Director General 
de la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE).
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