Habilítase la creación de las siguientes Fiscalías Letradas y sus
correspondientes cargos: A partir del 1º de enero de 2001, dos Fiscalías
Letradas Adjuntas y la Fiscalía Letrada Departamental de Mercedes de 2º
Turno; a partir del 1 de enero de 2002, una Fiscalía Letrada Adjunta y
las Fiscalías Letradas Departamentales de Treinta y Tres y de Canelones
de 2º Turno, respectivamente; a partir del 1º de enero de 2003 dos
Fiscalías Letradas Adjuntas y las Fiscalías Letradas Departamentales de
Las Piedras y de Rivera de 3º Turno, respectivamente, de acuerdo a la
siguiente escala.
AÑO 2001 $ 1:274.780
AÑO 2002 $ 1:342.634
AÑO 2003 $ 1:744.876