Fecha de Publicación: 23/02/2001
Página: 914-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 308

 Créase la unidad ejecutora "Dirección Nacional de Ciencia, Tecnología e 
Innovación" en el programa 004 "Fomento de la Investigación Científica y 
Tecnológica" del Inciso 11, Ministerio de Educación y Cultura.
Serán cometidos de la unidad ejecutora:
A) Asesorar al Ministro de Educación y Cultura a su requerimiento.
B) Administrar los fondos de cualquier origen que le sean asignados, 
   particularmente aquellos vinculados al Consejo Nacional de 
   Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICYT), de acuerdo a las 
   competencias establecidas en el Texto Ordenado de Contabilidad y 
   Administración Financiera (TOCAF).
C) Coordinar, administrar y ejecutar los proyectos de desarrollo de 
   ciencia, tecnología e innovación, resultantes de contratos de préstamos
   celebrados con organismos multinacionales de cooperación y
   financiamiento, así como todas las acciones necesarias al efecto en el 
   ámbito de la Administración Central.
D) Todo otro cometido que le asigne el Poder Ejecutivo.
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