Fecha de Publicación: 23/02/2001
Página: 914-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 25

 Agrégase al artículo 573 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 
1987, artículo 120 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración 
Financiera (TOCAF), el siguiente numeral:
"7) A los funcionarios que tengan a su cargo la contabilidad en alguna o
    todas las etapas del gasto".
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