Fecha de Publicación: 23/02/2001
Página: 914-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 160

 Asígnase a la Unidad Ejecutora 014 "Dirección General de Comercio" del 
Programa 014 "Coordinación del Comercio" del Inciso 05 Ministerio de 
Economía y Finanzas, a partir del año 2002, una partida anual de $ 
1:200.000 (pesos uruguayos un millón doscientos mil) a efectos de atender 
los gastos de funcionamiento que se derivan de la aplicación de la Ley N° 
17.250, de 11 de agosto de 2000.
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