Fecha de Publicación: 06/07/2000
Página: 21-A
Carilla: 7

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 14/07/2000.

Artículo 72

 Agrégase al Capítulo II del Título XIII del Código Penal el siguiente
artículo:

  "ARTICULO 346 bis. (Punibilidad de la conspiración seguida de actos
  preparatorios).- Tratándose de los delitos de rapiña y de copamiento, la
  conspiración seguida de actos preparatorios se castigará con la tercera
  parte de la pena que correspondería por el delito consumado".

                                Sección 9ª

                            Deber de informar
Ayuda