Fecha de Publicación: 20/09/1999
Página: 553-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Artículo 61

 Entre las situaciones previstas en el artículo anterior corresponde
señalar:

A) La fijación de precios comparativamente excesivos respecto de la media
   del mercado internacional del producto patentado.

B) La existencia de ofertas para abastecer el mercado a precios
   significativamente inferiores a los ofrecidos por el titular de la
   patente.

C) La negativa de abastecer adecuada y regularmente al mercado local de
   las materias primas o del producto patentado, en condiciones
   comerciales razonables.

D) El entorpecimiento o el perjuicio derivado a las actividades
   comerciales o productivas en el país.

E) Aquellos actos que limiten de manera injustificable el comercio o
   redunden en detrimento de la transferencia de tecnología.
Ayuda