Fecha de Publicación: 20/09/1999
Página: 553-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Artículo 117

 La Dirección Nacional de la Propiedad Industrial percibirá tasas por las
actuaciones siguientes:

A) Información tecnológica:

   Búsquedas en fondos documentales de patentes nacionales o extranjeras,
   proporcionando datos bibliográficos, incluyendo resumen y figura en
   caso de existir:

i)    Búsqueda por datos bibliográficos:

  -   Antecedentes nacionales                                   1,5     UR
  -   Sobretasa por más de cinco citas
      de patentes, cada uno                                     0,4     UR
  -   Antecedentes extranjeros                                  2,5     UR
  -   Sobretasa por más de cinco citas de
      patentes, cada uno                                        0,4     UR

ii)   Búsqueda temática:

  -   Antecedentes nacionales                                   2,5     UR
  -   Sobretasa por más de cinco citas
      de patentes, cada uno                                     0,5     UR
  -   Antecedentes extranjeros                                  3,5     UR
  -   Sobretasa por más de cinco citas
      de patentes, cada uno                                     0,6     UR

  -   Copias de documentos de patentes
      nacionales o extranjeros cada página:
    Copia de material en microfilm o microfichas                0,08    UR
    Copia de material contenido en CD ROM                       0,1     UR
    Copia de material en impresos                               0,06    UR

B) Actuaciones en materia de patentes:

i)    Solicitudes de patentes de:

   Invención

  -   Hasta diez reivindicaciones                               10,00   UR
  -   Por reivindicación excedente de diez                       0,6    UR

   Modelos de utilidad y diseños industriales                     5,00  UR

ii)   Publicación en Gaceta de la Propiedad Industrial:

  -   Patentes de invención                                       6,00  UR
  -   Modelos de utilidad y diseños industriales                  2,00  UR

iii)  Observación por terceros:

  -   Patentes de invención                                       5,00  UR
  -   Modelos de utilidad y diseños industriales                  2,50  UR

iv)   Examen de fondo:

   Patentes de invención:

  -   Hasta diez reivindicaciones                                 3,00  UR
  -   Por cada reivindicación excedente de diez                   0,05  UR
  -   Modelos de utilidad y diseños industriales                  2,00  UR

v)    Solicitudes de prórroga de plazos:

  -   Primera solicitud                                           2,00  UR
  -   Segunda solicitud                                           5,00  UR

vi)   Renuncia o desistimiento a solicitudes de:

  -   Patentes de invención                                       2,00  UR
  -   Modelos de utilidad y diseños industriales                  0,5   UR

vii)  Transferencias de solicitudes y patentes:

  -   Invención                                                  10,00  UR
  -   Modelos de utilidad y diseños industriales                  4,00  UR

viii) Título de patentes:

  -   Invención                                                  16,00  UR
  -   Modelos de utilidad y diseños industriales                  6,00  UR

ix)   Renovaciones:

  -   Modelos de utilidad y diseños industriales                  6,00  UR

x)    Anualidades:

  -   Patentes de invención por año                               9,00  UR
  -   Modelos de utilidad y diseños
      industriales por año                                        3,00  UR

xi)   Certificado y copias certificadas de actuaciones en trámite y
      documentos de prioridad:

   Certificados de fecha de solicitud:

  -   Patentes de invención                                       2,00  UR
  -   Modelos de utilidad y diseños industriales                  1,00  UR

   Copia certificada de solicitud:

   Hasta diez páginas:

  -   Patentes                                                    4,00  UR
  -   Modelos de utilidad y diseños industriales                  2,00  UR
  -   Excedente de diez páginas, por página                       0,02  UR

xii)  Copias de documentos para terceros:

   Fotocopias simples:

  -   Hasta diez páginas                                          0,20  UR
  -   Excedente de diez páginas, por página                       0,01  UR

   Fotocopias certificadas:

  -   Hasta diez páginas                                          0,50  UR
  -   Excedente de diez páginas, por página                       0,02  UR

                                TITULO IX
                         DISPOSICIONES GENERALES
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