Fecha de Publicación: 07/10/1998
Página: 601-A
Carilla: 11

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Artículo 106

A partir de la vigencia de la presente ley, deróganse la Ley Nº 9.956, de
4 de octubre de 1940, la Ley Nº 10.089, de 12 de diciembre de 1941, en lo
pertinente, y el artículo 226 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de
1992.
Ayuda