CAPITULO II
ESTIMULOS DE ORDEN GENERAL PARA LA INVERSION
Sección I
Ambito de aplicación
(Alcance subjetivo).- Son beneficiarios de las franquicias
establecidas en este Capítulo, los contribuyentes del Impuesto a las
Rentas de la Industria y Comercio, del Impuesto a las Rentas Agropecuarias
y del Impuesto a la Enajenación de Bienes Agropecuarios, que realicen
actividades industriales o agropecuarias.
Los beneficios establecidos en el presente Capítulo y los que otorgue
el Poder Ejecutivo, en aplicación de las facultades legales que se le
confieren en el mismo, operarán en forma general y automática para todos
los sujetos a que refiere el inciso anterior.