CONSEJO DE MINISTROS
Sustitúyese el inciso primero del artículo 10, de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992, por el siguiente: "En el Inciso 02, "Presidencia de la República", Programa 001, "Determinación y Aplicación de la Política de Gobierno" un cargo de Escribano de Gobierno y Hacienda, Escalafón A, Grado 16".Ayuda