Fecha de Publicación: 12/01/1996
Página: 774-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 83

Asígnase al Programa 001, "Determinación y Aplicación de la Política de
Gobierno" una partida anual de $ 3:500.000 (pesos tres millones
quinientos mil) a los efectos de atender las erogaciones que demande la
contratación de personas que, en calidad de Adscriptos, colaboren
directamente con el Presidente de la República por el término de su
mandato. No adquirirán la calidad de funcionarios públicos las personas
comprendidas en la situación precitada. Los funcionarios públicos que
estén comprendidos en el régimen de "comisión", podrán optar por este
sistema, manteniendo la reserva del cargo o contrato de función pública
de su oficina de origen, sin percibir retribución alguna por este
concepto. La Contaduría General de la Nación habilitará los créditos
correspondientes.
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