Fecha de Publicación: 12/01/1996
Página: 774-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 740

Declárase que el hecho de ocupar cargos electivos en carácter de suplente
suspende el derecho al cobro del subsidio que perciben los ex titulares
de los cargos políticos o de particular confianza, pero no extingue el
derecho al beneficio ni interrumpe el cómputo a los efectos del período
de vigencia.
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