CONSEJO DE MINISTROS
Los funcionarios cuyos cargos, como consecuencia de la reorganización, sean asignados a puestos a los cuales corresponda un nivel escalafonario inferior al que posean, conservarán su nivel retributivo. En el caso de que tales puestos quedaren vacantes por cualquier causa, se aplicarán a los futuros ocupantes las normas del artículo anterior.Ayuda