Fecha de Publicación: 12/01/1996
Página: 774-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 704

El Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado estará integrado por el
Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, que lo presidirá,
el Ministro de Economía y Finanzas y el Director de la Oficina Nacional
del Servicio Civil, quienes podrán hacerse representar por funcionarios
de su dependencia.
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