Fecha de Publicación: 12/01/1996
Página: 774-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 693

El Poder Ejecutivo incluirá en el proyecto de ley de Rendición de Cuentas
y Balance de Ejecución Presupuestal Ejercicio 1995, en aplicación de lo
dispuesto por el inciso tercero del artículo 29 de la Ley Nº 16.697, de
25 de abril de 1995, la información respectiva y atendiendo a la
situación presupuestal, propondrá las fechas posibles de reducción del
aumento de las tasas del impuesto a las retribuciones personales
establecido en dicha norma.

                              SECCION VIII

            Normas de desregulación y reforma administrativa

                                CAPITULO I

                            Normas Generales
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