Fecha de Publicación: 12/01/1996
Página: 774-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 674

Sustitúyese el artículo 16 del Título 14 (PAT) del Texto Ordenado 1991,
por el siguiente:

   "ARTICULO 16. Imputación.- El impuesto se liquidará sobre la base de
   la situación patrimonial del contribuyente en cada año fiscal.

   Los sujetos pasivos incluidos en el literal B) del artículo 1º, que
   tengan contabilidad suficiente, liquidarán el impuesto correspondiente
   a dicho patrimonio a la fecha de cierre de su ejercicio económico
   anual. Cuando no cumplan con el extremo citado, liquidarán el tributo
   al 31 de diciembre.

   Los sujetos pasivos incluidos en el literal C) del artículo 1º,
   liquidarán el impuesto al cierre del ejercicio del Impuesto a las
   Rentas Agropecuarias o Impuesto a la Enajenación de Bienes
   Agropecuarios, según corresponda.

    Quienes no resulten comprendidos en los literales B) y C) del
   artículo 1º por aplicación de alguna de sus excepciones establecidas,
   posean contabilidad suficiente y su ejercicio económico no coincida
   con el año civil, computarán el patrimonio fiscal de dicha actividad a
   la fecha de cierre de su ejercicio económico, aumentado o disminuido
   con los aportes o retiros de capital efectuados desde esa fecha hasta
   el 31 de diciembre, en la forma que determine la reglamentación.
   Cuando no cumplan con los extremos requeridos declararán sus
   patrimonios al 31 de diciembre.
    En aquellos casos en que en la determinación del patrimonio no deban
   aplicarse normas de valuación del Impuesto a las Rentas de la
   Industria y Comercio, y la fecha de tal determinación no coincida con
   el 31 de diciembre, el Poder Ejecutivo establecerá los mecanismos de
   actualización del valor de los bienes computables, entre el 31 de
   diciembre y el cierre del ejercicio económico.

    Las personas físicas, los núcleos familiares y las sucesiones
   indivisas por el patrimonio no incluido en los incisos anteriores, y
   los restantes sujetos pasivos, liquidarán el impuesto al 31 de
   diciembre".
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