Fecha de Publicación: 12/01/1996
Página: 774-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 604

Los cargos con Grado 16 del Instituto Nacional del Menor serán de
dedicación total.
   Los titulares de los cargos podrán renunciar al régimen de dedicación
total dentro de los noventa días a partir de la publicación de la
presente ley o en su defecto, a partir de su designación.
Ayuda