La administración financiera de la Administración Central está integrada
por los siguientes sistemas: presupuestario, de tesorería, de crédito
público, de contabilidad y de control interno.
Los sistemas presupuestario y de tesorería de la Administración
Central se regirán por las disposiciones especiales establecidas en los
artículos siguientes, sin perjuicio de las normas generales previstas en
el Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF).
Los sistemas de crédito público, contabilidad y control interno de la
Administración Central se regirán por las normas generales contenidas en
el citado Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera
(TOCAF).
El Ministerio de Economía y Finanzas será el órgano responsable de la
coordinación de los sistemas que integran la administración financiera de
la Administración Central, debiendo conducir y supervisar la implantación
y mantenimiento de los mismos.