Fecha de Publicación: 12/01/1996
Página: 774-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 548

Transfórmanse cuatro cargos de Chofer, Escalafón "E", Grado 8, en cuatro
cargos de Chofer, Escalafón "E", Grado 9.

   La Contaduría General de la Nación habilitará los créditos
presupuestales correspondientes.
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