Fecha de Publicación: 12/01/1996
Página: 774-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 506

Las pericias psiquiátricas ordenadas por los Magistrados, en los procesos
de incapacidad, serán realizadas gratuitamente por el Ministerio de Salud
Pública, cuando los defendidos sean patrocinados por Defensores de
Oficio, por el Consultorio Jurídico de la Facultad de Derecho o tengan el
beneficio de auxiliatoria de pobreza. Del mismo modo se procederá cuando
estén destinadas a acreditar la incapacidad para obtener beneficios del
sistema de seguridad social.
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