Fecha de Publicación: 12/01/1996
Página: 774-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 482

Transfórmanse tres cargos de Juez de Tribunal de Faltas en tres cargos de
Juez de Faltas, equiparados, a todos los efectos de la carrera judicial,
como en su dotación, al Juez de Paz Departamental de la Capital.
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