Fecha de Publicación: 12/01/1996
Página: 774-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 437

Autorízase al Ministerio de Trabajo y Seguridad social a contratar, en
carácter de pasantes, diez egresados de la carrera de Técnico
Prevencionista, de la Universidad del Trabajo del Uruguay, o estudiantes
del último año de dicha carrera.

   Dichos pasantes cumplirán funciones en la Inspección General del
Trabajo y de la Seguridad Social, en la Sección Condiciones Ambientales
de Trabajo.

   Recibirán por toda remuneración $ 2.000 (pesos dos mil) mensuales y se
reajustará por los aumentos de la Administración Central.

   La Contaduría General de la Nación habilitará los créditos
correspondientes.
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